Título REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ESTADÍSTICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA

Art. 17

En vigor desde 13 jun 2017
La obtención de las diferentes titulaciones estadísticas, dará derecho al personal militar a usar sobre el uniforme el distintivo correspondiente que se describe a continuación y estará sujeto a los condicionamientos que fija la legislación vigente. Dicho distintivo consiste en un escudo de esmalte rodeado por dos circunferencias doradas de 29 y 34 milímetros de diámetro. Esta corona circular llevará en su parte superior la palabra «NUMEN» y la inferior «NUMERUS» ambas también en dorado, siendo calado en el resto de la corona, así como los espacios entre las letras. Sobre el esmalte de fondo y apoyado en sus puntas en la circunferencia interior llevará una rosa de los vientos en azul, y sobre ésta una estrella de cinco puntas, cuya distancia entre dos puntas consecutivas será de 7 milímetros. En la parte superior de la circunferencia exterior, y unida a ella, llevará la corona real del escudo de España, cuya anchura máxima superior será de 22 milímetros y la inferior mínima de 14. Los colores del esmalte de fondo del escudo serán: blanco, para el Diploma Militar en Estadística, verde para los que estén en posesión del título de Especialista Militar en Estadística y rojo para los que estén en posesión de la Aptitud Militar en Estadística. Se modifica el primer párrafo por la disposición final 1.8 de la Orden DEF/464/2017, de 19 de mayo. Ref. BOE-A-2017-5729#df

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eli/es/o/2008/12/26/def3989#art-17

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