Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Decimoquinta

En vigor desde 24 abr 2021
La investigación derivada de la actividad académica que se realice en los centros universitarios de la defensa, y en su caso, del desarrollo de programas de doctorado, se financiará con cargo al presupuesto del propio centro.
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eli/es/o/2021/04/20/def375#decimoquinta

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