Capítulo CAPÍTULO II
Art. Undécima
En vigor desde 24 dic 2003
1. Condecoraciones en la parte delantera izquierda del uniforme:
a) En general, las condecoraciones que tengan que ir a la misma altura se colocarán por el orden de preferencia establecido en la norma anterior, de la línea de botones al brazo. Si tuviesen que colocarse en más de una fila, el orden de preferencia sería además de arriba abajo.
b) Las condecoraciones correspondientes a la Cruz Laureada de San Fernando, como Gran Cruz o como Cruz Laureada y la Medalla Militar Individual, irán siempre en su tamaño normal y destacadas sobre las demás, a excepción de la Banda de la Gran Cruz que se colocará en el sitio reservado a las condecoraciones terciadas. Se colocarán por encima del bolsillo del pecho, o en lugar equivalente, sobre cualquier prenda de uniformidad reglamentaria.
c) Las condecoraciones correspondientes a las cruces y medallas que cuelguen de cinta, cuando se pongan en tamaño normal, serán llevadas en una o dos filas, según el número de ellas que se posean, con arreglo al siguiente cuadro:
N.º medallas o cruces N.º Filas N.º Condecoraciones por fila Del 1 a 4 1 1, 2, 3 ó 4 5 2 3, 2 6 2 3, 3 7 2 4, 3 8 2 4, 4
Potestativamente, a partir de la novena condecoración se podrán ir superponiendo las cintas de las que cuelguen las cruces y medallas, armónicamente, hasta completar un máximo de catorce condecoraciones, siete por fila, de forma que quede a la vista toda la cinta de la primera condecoración de cada fila y la mitad de las cintas de las restantes condecoraciones por fila.
La fila más baja deberá tener las presillas, para su fijación, 6 centímetros por encima del borde superior de la cartera del bolsillo del pecho al lado izquierdo del uniforme. Las condecoraciones de una misa fila irán en un único imperdible pasador.
Cuando se pongan en tamaño miniatura, irán practicadas en el costado superior izquierdo del uniforme, de forma horizontal, con arreglo al siguiente cuadro:
N.º medallas o cruces N.º Filas N.º Condecoraciones por fila Del 1 a 10 1 1, 2, 3 , 4, 5, 6, 7, 8, 9 ó 10 11 2 6, 5 12 2 6, 6 13 2 7, 6 14 2 7, 7 15 2 8, 7 16 2 8, 8 17 2 9, 8 18 2 9, 9 19 2 10, 9 20 2 10, 10 21 3 7, 7, 7
La misma regla que la expresada en el cuadro se aplicará cuando se posean más de veintiuna cruces o medallas.
d) Las condecoraciones que correspondan a las placas, se llevarán centradas sobre el bolsillo del pecho o lugar equivalente. Podrán llevarse un máximo de cuatro placas, con la siguiente distribución:
Una: Centrada.
Dos: A la misma altura.
Tres: Dos arriba y una abajo.
Cuatro: En forma de cruz.
2. Condecoraciones en el cuello.
Será el lugar de colocación de las veneras y encomiendas, de la que sólo podrá llevarse una a elección, salvo orden expresa en contrario. Dependiendo de la prenda de uniformidad, se llevará la cinta por debajo del cuello de la camisa y la venera sobre el nudo de la corbata, o bien la cinta por debajo del cuello de la guerra cerrada y la venera sobre el primer botón de dicha prenda, o bien la cinta sobre la sujeción de la corbata y la venera, centrada, cubriendo el ángulo inferior de dicha prenda.
3. Condecoraciones terciadas.
En cuanto a las bandas, se llevará sólo una a elección, salvo orden expresa en contrario, del hombro derecho al costado izquierdo.
4. Condecoraciones e insignias sobre los hombros.
Será el lugar de colocación de los collares, de los que se llevará sólo uno, a elección, salvo orden expresa en contrario.
5. Insignias representativas en la manga izquierda.
Las insignias representativas de las recompensas colectivos se llevarán, de arriba abajo, por el siguiente orden:
Laureada Colectiva.
Medalla Militar Colectiva.
Medallas del Ejército, Naval o Aérea Colectivas.
No obstante, será de aplicación a las insignias individuales representativas de las mencionadas recompensas colectivas lo previsto en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del Reglamento de la Real y Militar Orden de San Fernando y en el apartado 3 de la disposición adicional octava del Reglamento General de Recompensas Militares.
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Proeli/es/o/2003/12/10/def3594#undecima