Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 20 dic 2003
En tanto continúe en vigor la actual Estructura de Mando Operativo de las Fuerzas Armadas, los órganos auxiliares de mando del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Jefe de Estado Mayor de la Armada y Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, como Mandos Operativos Terrestre, Naval y Aéreo, respectivamente, mantendrán su actual dependencia orgánica.
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eli/es/o/2003/12/10/def3537#disposicion-transitoria-primera

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