Art. Segundo

En vigor desde 27 abr 2005
1. El Estado Mayor de la Defensa se estructura en: a) Mando de Operaciones (MOPS). b) Estado Mayor Conjunto de la Defensa (EMACON). c) Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas (CIFAS). d) Órganos de Asistencia y Asesoramiento: Gabinete del JEMAD. Gabinete Técnico del JEMAD. Asesoría Jurídica. e) Órganos auxiliares: Unidad de Transformación de las Fuerzas Armadas. Unidad de Verificación. Jefatura de Sistemas. Jefatura de Programas. Jefatura de Personal. Jefatura de Administración Económica. Jefatura de Seguridad y Servicios. 2. El Estado Mayor Conjunto de la Defensa, el Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, los Órganos de Asistencia y Asesoramiento, y los Órganos Auxiliares, se agruparán bajo la denominación de Cuartel General. 3. Además, el Estado Mayor de la Defensa, contará con una Intervención Delegada que, con dependencia orgánica y funcional de la Intervención General de la Defensa, ejercerá el control interno de la gestión económico-financiera, así como la notaría militar en la forma y condiciones establecidas por las leyes.
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