Art. 2
En vigor desde 1 mar 1987
Las funciones de dicha Comisión son las que se señalan en los respectivos Reales Decretos de traspaso de funciones y servicios en materia de investigación agraria a las Comunidades Autónomas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1987/01/08/(6)#art-2