Art. Disposición final primera

En vigor desde 2 ene 2024
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Se añade, con efectos de 2 de enero de 2024, por el art. único.16 de la Orden APA/1322/2023, de 4 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25113

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eli/es/o/1994/10/28/(1)#disposicion-final-primera

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