Art. [preambulo]

En vigor desde 13 feb 1985
Ilustrísimos señores: El Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, al determinar la estructura orgánica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, establece, en su artículo 3.°, como uno de los Órganos centrales del mismo, el Consejo General, haciéndose preciso determinar el Reglamento de Funcionamiento de este Órgano representativo. En su virtud, este Ministerio, haciendo uso de la autorización contenida en la Disposición final tercera del referido Real Decreto 577/1982, a propuesta del Consejo General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien dispone:
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eli/es/o/1985/01/25/(3)#preambulo-pr

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