Secc. Sección 4.ª Procesos especiales de pagos por la Tesorería General de la Seguridad Social›§ Subsección 1.ª Pago de prestaciones de la Seguridad Social
Art. 18
En vigor desde 30 mar 2007
(Derogado)
Se deroga en la forma indicada por la disposición derogatoria única de la Orden TAS/763/2007, de 23 de marzo. Ref. BOE-A-2007-6606 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1996/02/22/(1)#art-18