Art. Décimo

En vigor desde 5 ene 2001
El Archivo General del Ministerio del Interior es único y depende de la Secretaría General Técnica. No obstante, podrán crearse, mediante Orden del Ministro del Interior, Secciones del Archivo General en los Órganos Directivos del Departamento, cuando el volumen o la naturaleza de los documentos obrantes en los mismos así lo aconsejen.
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eli/es/o/2000/12/21/(4)#decimo

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