Art. Séptimo

En vigor desde 23 jul 2008
El Departamento de Informática Tributaria estará integrado por las siguientes Subdirecciones Generales: Subdirección General de Planificación y Coordinación Informática. Subdirección General de Explotación. Subdirección General de Aplicaciones. Subdirección General de Aplicaciones de Aduanas e Impuestos Especiales. Subdirección General de Tecnologías de Análisis de la Información e Investigación del Fraude. Se modifica por el art. único.2 de la Orden EHA/2150/2008, de 15 de julio. Ref. BOE-A-2008-12524 . Se modifica por la disposición final 1.4 de la Orden EHA/3230/2005, de 13 de octubre. Ref. BOE-A-2005-17211 . Se modifica por la disposición única.3 de la Orden de 11 de julio de 1997. Ref. BOE-A-1997-15579 . Se modifica por el apartado 2.3 de la Orden de 4 de abril de 1997. Ref. BOE-A-1997-7437 .

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eli/es/o/1994/06/02/(1)#septimo

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