Art. Séptimo
7 / 25En vigor desde 23 jul 2008
El Departamento de Informática Tributaria estará integrado por las siguientes Subdirecciones Generales:
Subdirección General de Planificación y Coordinación Informática.
Subdirección General de Explotación.
Subdirección General de Aplicaciones.
Subdirección General de Aplicaciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
Subdirección General de Tecnologías de Análisis de la Información e Investigación del Fraude.
Se modifica por el art. único.2 de la Orden EHA/2150/2008, de 15 de julio. Ref. BOE-A-2008-12524 . Se modifica por la disposición final 1.4 de la Orden EHA/3230/2005, de 13 de octubre. Ref. BOE-A-2005-17211 . Se modifica por la disposición única.3 de la Orden de 11 de julio de 1997. Ref. BOE-A-1997-15579 . Se modifica por el apartado 2.3 de la Orden de 4 de abril de 1997. Ref. BOE-A-1997-7437 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1994/06/02/(1)#septimo