Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 6.ª Ayudas a la promoción›§ Subsección 2.ª Ayudas para la organización de festivales y certámenes y para la promoción exterior
Art. 90
DerogadoEn vigor desde 25 oct 2009
Dentro de las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria se determinará la cuantía total destinada a esta finalidad, así como los gastos subvencionables y los límites máximos de los mismos respecto del total del importe de la subvención.
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Proeli/es/o/2009/10/19/cul2834#art-90