Capítulo CAPÍTULO V

Art. 17

En vigor desde 29 jun 2011
La convocatoria anual de ayudas para la amortización de largometrajes deberá establecer un coeficiente que, aplicado al número total de operaciones de venta o arrendamiento, permita la acumulación de esa cifra a la de los espectadores en salas de exhibición computados de conformidad con el capítulo II.
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eli/es/o/2011/06/21/cul1772#art-17

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