Art. 3
En vigor desde 2 jun 2007
1. La Comisión estará integrada por los siguientes miembros, que a continuación se designan:
Presidente: Don Abelardo Santamaría Gallo.
Vicepresidente: Don Ramón Martín Suquía.
Vocales:
Doña Antonia Heredia Herrera.
Don Javier Barbadillo Alonso.
Don Alejandro Delgado Gómez.
Don Juan José Generelo Lanaspa.
Don Pedro López Gómez.
Doña María Josefa Villanueva Toledo.
Doña Isabel Ceballos Aragón, que actuará como Secretaria.
Los miembros de la Comisión ejercerán sus funciones por un período de dos años siendo posible su renovación por períodos sucesivos de igual duración.
2. En el caso de ausencia, vacante o enfermedad, u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el Vicepresidente.
3. Cuando la naturaleza o la importancia de los asuntos así lo requiera, el Presidente podrá convocar a las reuniones de la Comisión, con voz pero sin voto, a los expertos que se estime oportuno.
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Proeli/es/o/2007/05/25/cul1524#art-3