Art. 9

En vigor desde 19 ago 2021
1. La documentación a adjuntar con la solicitud se establecerá en la respectiva convocatoria. En todo caso, la entidad solicitante deberá presentar junto con la solicitud: a) Autorización expresa al Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para que este obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos establecidos en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En el caso de que no se efectúe dicha autorización, deberá aportar las correspondientes certificaciones administrativas positivas, a efectos de subvenciones, expedidas por los órganos competentes. Si la validez de dichas certificaciones hubiera caducado, deberán renovarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución y al pago de la ayuda. b) Declaraciones responsables sobre los siguientes aspectos: 1.º Que está al corriente en el pago de obligaciones por reintegro y por reembolso de subvenciones, así como de comprometerse a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente al procedimiento de concesión de la ayuda. 2.º Que no ha sido objeto de sanción con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por incumplimiento de cualquier normativa, en especial de la que resulte de aplicación en materia de igualdad entre mujeres y hombres. 3.º Que no incurre en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 4.º Subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o internacionales obtenidas para la realización de la misma actividad o proyecto. 5.º Cumplimiento de la normativa sobre la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad 6.º Que tiene empleada, al menos, a una persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % reconocido como tal por un organismo competente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.1.f). 7.º Que el festival o certamen se ha celebrado anteriormente como mínimo en dos ediciones consecutivas en los últimos tres años. c) Memorias resumidas de las tres últimas ediciones del festival o certamen. d) Proyecto detallado del festival o certamen para el que se solicita la ayuda, justificando la necesidad y señalando sus objetivos particulares. Para la presentación de dicho proyecto, la entidad solicitante podrá incluir un video pitch , con las características que se establezcan en la convocatoria. 2. En las convocatorias se podrá requerir la presentación de la documentación adicional que se considere para la comprobación de todos los requisitos exigidos.
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eli/es/o/2021/08/05/cud888#art-9

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