Art. Disposición adicional única

En vigor desde 13 dic 2024
La persona titular de la Secretaria General de Universidades será la competente para dictar las convocatorias anuales de evaluación de la actividad investigadora. Se autoriza a la persona titular de la Dirección de ANECA para adoptar las medidas técnicas y dictar las resoluciones o instrucciones precisas para la aplicación de la presente orden.
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eli/es/o/2024/12/05/cnu1396#disposicion-adicional-unica

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