Art. 12

En vigor desde 1 oct 2017
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden se sancionará conforme a lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, y en el artículo 105 del Reglamento (CE) 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2017/09/22/apm920#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil