Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 10 may 2023
Quedan derogadas las siguientes normas: Orden APA/2266/2004, de 30 de junio, por la que se establecen las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera de la flota de cerco española en aguas continentales de Portugal, por fuera de las 12 millas. Orden APA/1966/2007, de 20 de junio, por la que se establecen las condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera al cerco en el ámbito del acuerdo fronterizo del Miño.
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eli/es/o/2023/05/03/apa466#disposicion-derogatoria-unica

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