Art. Tercero
En vigor desde 27 feb 2026
1. La propuesta de relación de caminos agrarios susceptibles de actuación en cada provincia se realizará por la persona titular de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, asistido a tales efectos por un comité asesor de carácter técnico que presidirá, y que estará integrado por una persona en representación de la Diputación Provincial y la persona responsable que designe, en cada caso, la consejería competente en materia de agricultura y desarrollo rural de la Junta de Andalucía y de la Junta de Extremadura. Formarán parte también del citado comité, como apoyo técnico de su presidente, el funcionario o funcionaria correspondiente del área funcional de agricultura y pesca, el gerente provincial del medio propio TRAGSA y el responsable que designe la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA).
2. La diputación provincial, en estrecha colaboración con los ayuntamientos afectados y de acuerdo con las indicaciones de la Subdelegación del Gobierno, recopilará la información sobre los caminos agrarios susceptibles de reparación, integrando a tales efectos la información propia y la recabada de las restantes entidades de su ámbito territorial.
Dicha información se presentará en un fichero excel normalizado identificando los caminos agrarios afectados por término municipal y sus coordenadas. Asimismo, la diputación provincial recabará para cada término municipal afectado, una declaración responsable de la causalidad de daños y el consentimiento para actuar en ellos, firmada por el alcalde o alcaldesa y por el técnico correspondiente del ayuntamiento o, en caso de no existir, por el técnico de asistencia a municipios de la respectiva diputación.
El modelo normalizado del citado excel será proporcionado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
3. Los representantes de las distintas Administraciones en el Comité garantizarán el conocimiento y coordinación de las actuaciones relativas a caminos agrarios gestionadas por cada una de ellas, a fin de evitar ineficiencias y duplicación de esfuerzos.
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Proeli/es/o/2026/02/25/apa142#tercero