Art. 4

En vigor desde 22 dic 2020
La Secretaría General Técnica ejerce la dirección del Sistema Archivístico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y gestiona su Patrimonio Documental a través del Archivo Central con las siguientes misiones fundamentales, sin perjuicio de cuantas le atribuya el real decreto de estructura orgánica del departamento y la normativa en materia de archivos: a) Asegurar la coordinación del funcionamiento de todos los archivos del Ministerio y de los órganos a él vinculados, inspeccionar sus trabajos técnicos, asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en los mismos, e impulsar la formación y actualización en temas archivísticos del personal con cometidos en el Sistema Archivístico. b) Elaborar y aprobar las normas e instrucciones técnicas de procedimiento, previo informe del Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, promoviendo así la unificación de criterios en los archivos del Departamento sobre las diferentes materias y trabajos archivísticos y los instrumentos e impresos normalizados que de ellos se deriven, conforme al sistema vigente para los Archivos del Estado, y sobre cualesquiera otros asuntos relacionados con el tratamiento archivístico de los documentos en cualquiera de las fases de su ciclo vital; así como elaborar y coordinar los programas de actuación sobre el Patrimonio Documental del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. c) Coordinar, mantener y actualizar el Censo del Patrimonio Documental del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sin perjuicio de la colaboración necesaria para el mantenimiento del censo de archivos estatales que las autoridades culturales requieran, y proporcionar la información de carácter general que corresponda sobre dicho Patrimonio a las entidades, organismos o personas que lo soliciten. d) Asesorar y prestar asistencia técnica a las autoridades y organismos responsables del cumplimiento de la presente orden.
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eli/es/o/2020/12/14/apa1206#art-4

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