Art. 12
En vigor desde 20 jun 2015
Con el fin de poder justificar su inclusión en el RESAE, la Dirección General de Ordenación Pesquera, a petición del interesado, expedirá un certificado para cada buque inscrito que tendrá una vigencia máxima de un año.
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Proeli/es/o/2015/06/08/aaa1179#art-12