Art. 11

En vigor desde 20 jun 2015
Las empresas que no se hubieran inscrito en el RESAE o aquéllas que causaran baja, perderán cualquier derecho a percibir las ayudas a las que se refiere el apartado 4.5 de las Directrices para el examen de las ayudas estatales en el sector de la pesca y la acuicultura (2008/C84/06), si así lo establecen las normas que regulen las desgravaciones fiscales y las reducciones del tipo de las cotizaciones sociales y del impuesto sobre la renta de los pescadores empleados a bordo de los buques de dichas empresas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2015/06/08/aaa1179#art-11

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil