Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 97
En vigor desde 3 jul 2021
La práctica del incidente podrá solicitarse ante el Juez de garantías en cualquier momento previo a que se produzca el emplazamiento ante el órgano de enjuiciamiento.
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Proeli/es/lo/2021/07/01/9#art-97