Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 106

En vigor desde 3 jul 2021
1. Si con posterioridad a la práctica del incidente para el aseguramiento de la fuente de prueba se descubren hechos nuevos o hechos de los que no se hubiera tenido conocimiento con anterioridad que sean relevantes para evaluar la credibilidad del testigo o del perito o la fiabilidad de sus informaciones, la parte interesada podrá solicitar la ampliación de la declaración. 2. A tal efecto, en el escrito solicitando la ampliación se identificarán los nuevos hechos descubiertos, las fuentes del descubrimiento, las razones por las que tales hechos afectan a la credibilidad del testigo o a la fiabilidad de la información por este prestada, y se justificará que la ampliación resulta imprescindible para el adecuado ejercicio del derecho de defensa. 3. La solicitud se sustanciará conforme al procedimiento establecido en los artículos 101 y 102. 4. De accederse a la solicitud, la práctica y documentación de la prueba se realizará conforme a lo previsto en este título.
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eli/es/lo/2021/07/01/9#art-106

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