Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 29 dic 2012
El Consejo General del Poder Judicial aprobará antes del 15 de marzo de 2013 los planes anuales de sustitución y las listas a que se refiere el artículo 200 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a los efectos de su aprobación en los quince días subsiguientes.
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Proeli/es/lo/2012/12/27/8#disposicion-transitoria-segunda