Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 29 jun 2002
En el procedimiento de inscripción de partidos regulado en el capítulo III, será también de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en todas las cuestiones no reguladas en la presente Ley Orgánica y sus normas de desarrollo.
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Proeli/es/lo/2002/06/27/6#disposicion-adicional-tercera