Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 34
En vigor desde 23 abr 2007
Las Cortes establecen su propio reglamento, aprueban sus presupuestos y regulan el estatuto de sus funcionarios y personal. El reglamento se aprueba por mayoría absoluta de sus miembros.
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Proeli/es/lo/2007/04/20/5#art-34