Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 30
En vigor desde 23 abr 2007
Los poderes públicos aragoneses promoverán la cultura de la paz, mediante la incorporación de valores de no violencia, tolerancia, participación, solidaridad y justicia, especialmente en el sistema educativo. Asimismo, facilitarán la protección social de las víctimas de la violencia y, en especial, la de género y la de actos terroristas.
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Proeli/es/lo/2007/04/20/5#art-30