Capítulo CAPÍTULO IV
Art. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
En vigor desde 6 jun 1981
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados los artículos veinticinco a cincuenta y uno y disposiciones finales y transitorias de la Ley cuarenta y cinco mil novecientos cincuenta y nueve, de treinta de julio, de Orden Público, así como cuantas disposiciones se opongan a lo preceptuado en la presente Ley Orgánica.
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Proeli/es/lo/1981/06/01/4#disposicion-derogatoria