Título TÍTULO III

Art. 32

En vigor desde 17 nov 2015
El consentimiento del Estado extranjero al ejercicio de la jurisdicción o a la adopción de medidas de ejecución por los órganos jurisdiccionales españoles en relación con sus buques de guerra y sus buques y aeronaves de Estado, en supuestos en los que gocen de inmunidad conforme a lo establecido en la presente Ley Orgánica, se regirá por lo dispuesto en los artículos 5 a 8, 18 y 19.
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eli/es/lo/2015/10/27/16#art-32

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