Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 45
En vigor desde 15 ene 2016
El superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave a un subordinado, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiere arbitrariamente el ejercicio de algún derecho será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión.
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Proeli/es/lo/2015/10/14/14#art-45