Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 28 ene 2005
La acreditación de las circunstancias que dan lugar al reconocimiento de los derechos de movilidad geográfica de centro de trabajo, excedencia, y reducción o reordenación del tiempo de trabajo, se realizará en los términos establecidos en el artículo 23.
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Proeli/es/lo/2004/12/28/1#art-26