Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO 1

Art. 6

En vigor desde 1 abr 2022
1. Los Programas de Inversiones se ejecutarán de conformidad con las previsiones del Plan Director del Ciclo Integral del Agua 2019-2030 y del Plan de Residuos de Navarra 2017-2027. 2. El Plan Director del ciclo integral del agua de uso urbano en Navarra 2019-2030, en materia de abastecimiento de agua en alta, tiene por finalidad procurar la adecuada gestión de la demanda de agua, en cantidad y calidad adecuadas, para el abastecimiento de poblaciones a partir de fuentes de suministro sólidas y diversificadas. 3. El Plan de residuos de Navarra 2017-2027, tiene por finalidad la prevención de la generación de residuos y la mejora de su gestión en la Comunidad Foral, incluyendo, entre otras materias, la recogida y separación selectiva de los residuos domésticos y comerciales, su reciclado, valorización y eliminación. 4. A efectos de coordinación de la actividad de las entidades locales, se mantiene la declaración de interés supralocal y el carácter imperativo de dichos Planes Directores.
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eli/es-nc/lf/2022/03/22/8#art-6

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