Capítulo CAPÍTULO III
Art. 21
En vigor desde 16 jun 2016
El Consejo elevará una memoria anual al Parlamento de Navarra y al Gobierno de Navarra en la que se expondrá su actividad en el período anterior, así como las sugerencias que estime oportunas para la mejora de la actuación jurídico-administrativa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2016/06/09/8#art-21