Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 11.ª Régimen disciplinario

Art. Disposición transitoria séptima

En vigor desde 3 abr 2007
Los funcionarios que a la entrada en vigor de esta Ley Foral pertenezcan a los Cuerpos de Policía de Navarra, quedarán integrados en los puestos y niveles establecidos en su artículo 42, según la siguiente correspondencia: a) Comisario Principal: Oficial. b) Comisario: Inspector. c) Inspector: Subinspector. d) Subinspector: Sargento.
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eli/es-nc/lf/2007/03/23/8#disposicion-transitoria-septima

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