Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO I

Art. 353

En vigor desde 7 feb 2019
En el ejercicio de sus competencias, corresponden a las comarcas: a) Las potestades reglamentaria y de autoorganización. b) Las potestades financiera y tributaria. c) La potestad de programación y planificación. d) La presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos. e) Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora. f) La potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos. g) La inembargabilidad de sus bienes y derechos en los términos previstos en las leyes; las prelaciones, preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Pública en relación con sus créditos, sin perjuicio de las que correspondan a las Haciendas del Estado y de la Comunidad Foral de Navarra. h) Las potestades expropiatoria y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes. Se añade por el .38 de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2642

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eli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-353

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