Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Intervención
Art. 252
En vigor desde 7 feb 2019
1. Quienes resulten adjudicatarios en virtud de los concursos de méritos tomarán posesión en los puestos para los que hubiesen sido nombrados dentro del mes siguiente a la publicación del nombramiento en el “Boletín Oficial de Navarra”, cesando, en su caso, en los puestos de trabajo que ocupaban.
No obstante, por razones de eficacia administrativa, el órgano convocante podrá determinar una fecha concreta para la toma de posesión, pudiendo rebasarse el plazo establecido en el párrafo anterior.
2. En lo no previsto en el apartado anterior, se estará a la regulación que, en cuanto a los concursos de méritos, se prevé en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
Se modifican los apartados 1 y 2 por el .30 de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2642 Se modifica por el art. unico de la Ley Foral 4/2011, de 17 de marzo. Ref. BOE-A-2011-6555
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/1990/07/02/6#art-252