Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 15 abr 2010
Los planes, normas, ordenanzas y otras disposiciones de las Administraciones Públicas de Navarra vigentes a la entrada en vigor de esta Ley Foral deberán adaptarse a lo regulado por la presente Ley Foral.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2010/04/06/5#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil