Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final séptima
En vigor desde 2 abr 2022
1. Se autoriza al Gobierno de Navarra para dictar cuantas disposiciones reglamentarias exijan la aplicación y el desarrollo de esta ley foral.
2. Asimismo, se autoriza al Gobierno de Navarra para modificar los umbrales previstos en la presente ley foral, con el fin de adaptarlos a la normativa vigente, a la evolución científica y técnica, y a lo que dispongan las normas internacionales y el Derecho de la Unión Europea.
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Proeli/es-nc/lf/2022/03/22/4#disposicion-final-septima