Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 27 mar 2003
El Gobierno de Navarra remitirá al Parlamento, en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley Foral, un Proyecto de Ley Foral de Evaluación Ambiental en Navarra que transponga a la Comunidad Foral la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2002/12/20/35#disposicion-adicional-cuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil