Título TÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 1 abr 2021
Los responsables directos del control de la jornada y horario de los miembros de la Policía Foral de Navarra serán los Jefes de las unidades organizativas correspondientes, sin perjuicio de la superior inspección del Jefe de la Policía Foral y de las autoridades superiores.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-nc/lf/2021/03/26/3#art-5