Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 4 ene 2015
Esta ley foral tendrá como ámbito la Comunidad Foral y respetará la competencia de las entidades locales en lo que sea de aplicación al establecimiento y actividad de los clubes de personas consumidoras de cannabis.
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eli/es-nc/lf/2014/12/02/24#art-2

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