Título TÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 11 jul 2019
La presente ley foral se aplicará a los animales de compañía que se encuentren en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, con independencia de dónde estén registrados, así como a sus propietarios/as y poseedores/as.
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eli/es-nc/lf/2019/04/04/19#art-3

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