Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 25 dic 1997
Cuando como consecuencia del expediente abierto por cambio de recorrido de una vía pecuaria, se hubiera accedido a ello, correrá de cuenta del solicitante el trasiego y colocación de mojones del antiguo al nuevo trazado, siguiendo las instrucciones del Departamento de Economía y Hacienda en cuanto al punto y modo de colocación de aquéllos y con sujeción al expediente aprobado.
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eli/es-nc/lf/1997/12/15/19#art-12

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