Título TÍTULO X

Art. 82

En vigor desde 16 nov 2010
1. Serán responsables de la infracción como autores de la misma, las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones u omisiones tipificadas como infracción en esta Ley Foral. 2. Responderán también del pago de la sanción las siguientes personas: a) Los padres o tutores responderán solidariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones cometidas por personas menores de edad. b) Los administradores de las personas jurídicas responderán subsidiariamente del pago de las sanciones derivadas de las infracciones cometidas por éstas.
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eli/es-nc/lf/2010/11/08/17#art-82

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