Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 54

Derogado
En vigor desde 29 dic 2005
El derecho a pescar corresponde a cualquier persona y recae sobre la Administración la responsabilidad de dictar las normas, requisitos y espacios para el ejercicio del mismo. Para el ejercicio de la pesca será necesario estar en posesión de la licencia, disponer de los permisos correspondientes y cumplir los requisitos legales y reglamentarios establecidos.
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eli/es-nc/lf/2005/12/22/17#art-54

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