Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 18
En vigor desde 2 abr 2019
Anualmente la Comisión elaborará y publicará una memoria, en la que dará cuenta de las solicitudes recibidas, los resultados de los trabajos realizados, la situación de los expedientes y las propuestas de resolución emitidas. Dicha memoria será presentada ante el Parlamento de Navarra en la Comisión competente en materia de paz convivencia y derechos humanos.
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Proeli/es-nc/lf/2019/03/26/16#art-18