Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. 75

En vigor desde 23 jun 2018
Las sanciones correspondientes por la comisión de infracciones en materia de residuos se impondrán previa instrucción del correspondiente procedimiento y de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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eli/es-nc/lf/2018/06/18/14#art-75

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