Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 13 may 2007
1. El Patrimonio de la Comunidad Foral de Navarra está constituido por el conjunto de bienes y derechos que le pertenezcan por cualquier título. 2. Se integran en el Patrimonio de la Comunidad Foral de Navarra los bienes y derechos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de los Organismos públicos y demás Entes sujetos al Derecho Público vinculados o dependientes de la misma, los de la Administración asesora y consultiva de aquélla y los de las Instituciones Parlamentarias. 3. No se entenderán incluidos en el Patrimonio de la Comunidad Foral de Navarra el dinero, los valores, los créditos y los demás recursos financieros de la Hacienda Tributaria de Navarra ni, en el caso de las entidades públicas empresariales, los recursos que constituyen su tesorería.
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eli/es-nc/lf/2007/04/04/14#art-2

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